El 26 de abril, el Consejo Europeo de Asuntos Generales aprobó el documento 8570/10, una decisión que pasó desapercibida para la opinión pública hasta finales de junio. Según ese texto, la UE observará “procesos de radicalización” a través de la vigilancia de ‘agentes’ que contribuyen a la radicalización de otras personas y que mantienen “actitudes radicales”. Éstas son definidas como posturas de “extrema izquierda o derecha, nacionalistas, religiosas o de antiglobalización”. Para cumplir con este objetivo de forma sistemática, el documento incluye un catálogo de 70 preguntas sobre estas personas, desde “comentarios orales” que reflejan su actitud, pasando por convicciones religiosas, su situación socioeconómica o la personalidad y tratamientos psicológicos a vigilar. También se investigarán relaciones entre estas personas. Como ejemplos, el texto nombra “compañeros escolares, amigos, conocidos [y] compañeros de celda”.
En marzo de este año ya había sido acordado el documento 7984/10, que propone “almacenar datos sobre la radicalización violenta”. Este documento clasificado fue publicado por la ONG Statewatch y, semejante al 8570/10, propone la vigilancia de radicales “violentos”, a pesar de que el mismo texto no mantiene la separación entre activismo “violento” y “no violento” que sugiere el título. Ambos documentos tienen un estado legal opaco, ya que su carácter es sólo orientativo. No son directivas que los Estados miembros de la UE tengan que poner en práctica obligatoriamente. Como meras propuestas, tampoco están sometidos al debate y a la aprobación del Parlamento Europeo.
“Legalizar una ilegalidad”
Según Julen Arzuaga, coordinador del observatorio vasco de derechos humanos Behatokia, la reciente adopción de los documentos 8510/10 y 7984/10 significa “legalizar una situación de ilegalidad”, ya que tales registros existen. Arzuaga recuerda que la información contenida en los ficheros está protegida por la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) por tratarse de datos personales. El artículo 7.4 de la LOPD prohíbe “los ficheros creados con la finalidad exclusiva de almacenar datos de carácter personal que revelen la ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial o étnico, o vida sexual”. No obstante la legislación, en el Estado Español ya existen ficheros, lo mismo sucede en Francia, Alemania y el Reino Unido.
Mientras las leyes de protección de datos europeas se oponen a este desarrollo, la retención masiva de datos personales y su control por las fuerzas de seguridad es formulada como objetivo explícito en numerosos documentos europeos de la pasada década. La presidencia portuguesa de la UE ya predijo en 2007 un “futuro cercano”, en el cual “cada objeto que el individuo usa, cada transacción que lleva a cabo y casi cualquier sitio a donde vaya dejará un registro digital detallado”. Estos datos ponen “al descubierto esquemas y comportamientos sociales, que los profesionales de la seguridad pública pueden usar para prevenir o investigar incidentes”.
El mismo documento portugués nombraba explícitamente potenciales fuentes de estos datos: videovigilancia, chips RFID, redes sociales en internet y la vigilancia de transferencias bancarias. Otros documentos de la UE proponen el control de las vías de transporte mediante la creación de un registro europeo de pasajeros de avión, similar al estadounidense, y una vigilancia extendida de las fronteras europeas, para afrontar las dos principales amenazas que tiene la UE, según el documento 5/2007/DE “ataques terroristas y flujos migratorios”. Varias medidas para cumplir con este objetivo ya han sido puestas en práctica, como las directivas europeas que obligan a la retención de datos de telecomunicaciones y la introducción de pasaportes con datos biométricos, para estandarizar y facilitar la identificación de personas.
La UE mantiene distintos programas para investigar el procesamiento y asociación automatizada de grandes cantidades de datos procedentes de distintas fuentes. Entre éstos destaca el programa INDECT, que se centra en el desarrollo de medios tecnológicos para relacionar distintas tecnologías de vigilancia. El sistema debe reconocer “comportamiento anormal”, sobre todo en “entornos urbanos” y en internet, para facilitar así la vigilancia automática de estos espacios.
El modelo estadounidense
“La reorganización radical de las fuerzas de seguridad que ha sucedido en Estados Unidos está teniendo lugar lentamente en Europa”, constata Ben Hayes de Statewatch. En EE UU, las competencias policiales han sido ampliadas por una serie de reformas posteriores al 11-S, sobre todo mediante el Patriot Act. Esta ley facilita la investigación preventiva al recortar los requisitos para la interceptación de telecomunicaciones y permitir detenciones preventivas ilimitadas de extranjeros, con la justificación de la amenaza terrorista.
La situación en EE UU explicita las consecuencias de esta política. Allí ha sido instalada la base de datos antiterrorista Terrorist Watch List que, según denuncia la ONG American Civil Liberties Union (ACLU), disponía de un millón de entradas sobre más de 400.000 personas en noviembre de 2009. El FBI informó de que durante este año se han añadido unas 1.600 entradas diarias a la lista. Un segmento de esta base de datos es la No Fly List, compuesta por nombres de presuntos terroristas a los que no se les permite el viaje en avión a, o desde, EE UU.
Debido al creciente número de personas fichadas, también se ha elevado la cifra de falsos positivos, personas que tienen el mismo nombre de otras personas que ya están fichadas. El falso positivo más famoso fue el del senador Edward Kennedy, cuyo nombre coincide con un tal T. Kennedy que aparecía en esa lista. La ACLU denuncia que en varios casos figuraban activistas políticos no violentos en la lista.
Terrorist Watch List El informe Periodismo, derechos civiles y la guerra contra el terrorismo, editado por la Federación Internacional de Periodistas (FIP) en 2005 resumía que la lógica en la que se basaban estos ficheros considera “necesario recopilar información sobre gente inocente para confirmar su inocencia. Así, la presunción de inocencia, que constituye la base del sistema legal común, se convierte en víctima de la guerra contra el terror”.
Según la FIP, la aplicación de semejantes conceptos a escala internacional “llevará al mutuo reconocimiento de decisiones arbitrarias (negación de visados, negación del pase de fronteras, inclusión de alguien en listas de vigilancia o una base de datos...), despojando a personas de sus derechos sin proporcionar oportunidad de recurso legal alguno”. Así se “socavan estándares democráticos, ya que son introducidos mediante procesos encubiertos que […] se encuentran fuera de la esfera del control parlamentario”.
Ficheros ilegales y perfiles genéticos a escala nacional
Estado español
Aunque las autoridades españolas nieguen su existencia, existen ficheros de activistas en el Estado español. Según denuncia Julen Arzuaga, de Behatokia, están fichadas unas 17.000 personas relacionadas con la izquierda abertzale. La naturaleza de los datos, que han sido utilizados como pruebas en juicios, indica que provienen de distintas fuentes, desde antecedentes penales hasta firmas para apoyar la candidatura de partidos o datos sobre el activismo de personas que sólo pueden haberse obtenido mediante técnicas de inteligencia. En 2004, un grupo de activistas catalanes denunció que la Brigada Provincial de Información de la Policía Nacional los mantenía en un fichero ilegal. Durante un interrogatorio la policía había enseñado a otros activistas las fotos que habían entregado al solicitar su DNI.
Reino Unido
La policía británica dispone de la mayor base de datos genética mundial. Los perfiles proceden de análisis genéticos rutinarios tras una detención, a pesar de que los sospechosos probaran su inocencia. En la base, está registrado un 7% de la población y el 30% de la población británica negra. El diario The Guardian informa de que la policía también mantiene un fichero de activistas políticos, que incluye ultraderechistas, “extremistas medioambientales”, islamistas y republicanos irlandeses. El mismo diario publicó una spotter card aparecida en septiembre de 2009 en una manifestación. La tarjeta reúne fotografías de activistas que los agentes policiales deben vigilar durante manifestaciones. No obstante, en la tarjeta mencionada figuran activistas pacíficos como el comediante Mark Thomas.
Alemania
mana dispone de un fichero antiterrorista que incluye información sobre unas 13.000 personas sospechosas de estar relacionadas con el terrorismo. Aparte de esta base de datos mantiene otros 80 ficheros que reúnen información sobre distintas categorías de personas conflictivas. Existen listas de hooligans, activistas de izquierda y derecha radical e islamistas, y de personas condenadas por crímenes específicos. Para ser fichado basta con la apertura de una investigación policial o el control de documentación en las proximidades de una manifestación o un evento deportivo. Los ficheros han sido declarados ilegales en varias ocasiones por distintos juzgados, porque no se amparaban en la Ley. En junio de 2010, una orden del ministro de Interior Thomas de Mazière les otorgó esta base legal.
Interceptación de llamadas
El espionaje telefónico ha desatado continuas polémicas en el Estado español y en el resto de países de la Unión Europea, ya que habitualmente las operadoras telefónicas y de internet no han mostrado reticencias a que sus registros sean controlados. Y más ahora que con un simple programa informático se pueden interceptar las comunicaciones. El sello judicial no es siempre necesario como se demostró en otoño de 2009 en el Estado español. Entonces se descubrió el Sistema Integrado de Interceptación de Telecomunicaciones, más conocido como SITEL, gracias a los ataques mediáticos que PSOE y PP acostumbran a mantener.
http://www.rebelion.org/noticia.php?id=109746
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